Guía · normativa revisada al 15 de octubre de 2026

Política de uso de IA en instituciones educativas: seis decisiones

La inteligencia artificial ya entró a los colegios, institutos y universidades. Lo que suele faltar es la política. Esta guía resume las seis decisiones de gestión que ordenan el uso de IA en una institución educativa peruana y qué piden la Ley 29733 y el reglamento de la Ley de IA.

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Respuesta corta

Una política de IA no requiere una consultoría de meses: requiere seis decisiones y dos páginas. Qué uso está permitido, qué datos no salen, cómo se evalúa, qué se comunica a familias y estudiantes, qué se capacita y quién responde. El reglamento de la Ley de IA (DS 115-2025-PCM) no multa por no tener una política, pero pide formación interna y supervisión humana, y trata como de riesgo alto ciertos usos en la evaluación de menores.

Las seis decisiones

Ninguna es técnica; todas son de gestión. Si una decisión no está por escrito, está pendiente.

1. Qué está permitido

  • Una regla escrita, breve y conocida sobre el uso de IA, para docentes y para estudiantes.
  • Que distinga por nivel o grado y por tipo de tarea.
  • Que cada tarea declare qué uso de IA admite; por ejemplo, una escala de 0 (prohibido) a 4 (libre con cita).

Sin una regla común, cada docente decide solo y el estudiante aprende que la regla depende de quién le toque.

2. Qué datos no salen de la institución

  • Nombres, notas, fotos e informes psicopedagógicos no se cargan en herramientas gratuitas sin revisión previa.
  • Para menores de 14 años, consentimiento de los padres antes de registrarlos en plataformas de IA de terceros.
  • Con cada proveedor que trata datos de estudiantes, contrato de encargo y conocimiento del país donde guarda los datos.

Ley 29733 y su reglamento, DS 016-2024-JUS (arts. 18, 22, 25 y 31).

3. Cómo se evalúa

  • Rediseñar las tareas que se resuelven copiando un prompt: proceso visible, defensa oral breve, contexto local.
  • Si se usa IA para evaluar, que sea complementaria: la decisión final la toma un docente.
  • Ningún estudiante se sanciona solo por el resultado de un detector de IA.

DS 115-2025-PCM, art. 24.1.b: usar IA para evaluar a menores es de riesgo alto, salvo que sea complementaria a la evaluación humana.

4. Qué se les dice a las familias y estudiantes

  • Saben, antes de que pregunten, qué herramientas de IA se usan, para qué y con qué datos.
  • Un mensaje común para las reuniones con padres o con estudiantes; no depende de cada docente.
  • Un canal para consultar o pedir que no se usen ciertos datos.

DS 115-2025-PCM, art. 25: transparencia previa, clara y sencilla ante los usuarios de sistemas de riesgo alto.

5. Qué se capacita y a quién

  • Formación del claustro en criterio de uso, no solo en herramientas.
  • Un equipo directivo que conoce las reglas y sabe aplicarlas ante un caso.
  • Quien supervisa decisiones apoyadas en IA puede detenerlas, corregirlas o invalidarlas.

DS 115-2025-PCM, art. 31.3 (formación interna) y 31.4 (supervisión humana con personal capacitado).

6. Quién responde

  • Un responsable designado de IA y datos, con un canal para consultas y reportes.
  • Un procedimiento escrito si algo sale mal; por ejemplo, notas subidas a un chatbot público.
  • Saber que ciertos incidentes con datos se notifican a la ANPD en un máximo de 48 horas.

DS 016-2024-JUS, art. 34 (notificación de incidentes, cuando se dan sus supuestos).

Cómo ponerla en marcha

  • Revise la lista de verificación con su equipo directivo en 20 minutos.
  • Empiece por la decisión con más casillas en blanco: suele concentrar el mayor riesgo y ser la más barata de resolver.
  • Redacte la política en dos páginas, con anexos para la escala de uso, el aviso a familias y la cláusula para proveedores.
  • Preséntela al claustro y a las familias antes del inicio del año escolar o del semestre.

Si quiere hacerlo acompañado, en charlas y cursos de IA en educación está la charla gratuita y el curso para directivos «La política de IA de mi institución», en el que cada participante redacta el borrador de la suya.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio que una institución educativa tenga una política de IA?
El reglamento de la Ley de IA (DS 115-2025-PCM) no fija una multa por no tener una política escrita, pero pide a las organizaciones medidas como formación interna y supervisión humana, y trata como de riesgo alto ciertos usos, como evaluar a menores con IA cuando no es complementaria a la evaluación humana. Una política breve es la forma más simple de ordenar esas obligaciones.
¿Qué debe decir una política de IA?
Seis cosas: qué uso está permitido, qué datos no salen de la institución, cómo se evalúa, qué se les dice a las familias o estudiantes, qué se capacita y a quién, y quién responde si algo sale mal. Cabe en dos páginas más anexos.
¿Se pueden cargar notas o nombres de estudiantes en un chatbot gratuito?
No sin revisión previa. La Ley 29733 y su reglamento (DS 016-2024-JUS) exigen, entre otras cosas, consentimiento de los padres para menores de 14 años, contrato de encargo con los proveedores que tratan datos y saber en qué país se guardan.
¿Se puede sancionar a un estudiante por lo que dice un detector de IA?
No es recomendable. Los detectores dan probabilidades, no pruebas. Si se usa IA para evaluar, debe ser complementaria y la decisión final la toma un docente.
¿Hay que avisar a la ANPD si hay un incidente con datos?
Ciertos incidentes de seguridad con datos personales se notifican a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales en un máximo de 48 horas, cuando se dan los supuestos del artículo 34 del DS 016-2024-JUS. Conviene tener el procedimiento escrito antes de necesitarlo.
¿Cómo empiezo?
Descargue la lista de verificación gratuita y revísela con su equipo directivo en 20 minutos. Empiece por la decisión con más casillas en blanco: suele concentrar el mayor riesgo y ser la más barata de resolver.

Descargar la lista de verificación (PDF)

Fuentes y alcance

Referencias normativas revisadas al 15 de octubre de 2026: Ley 29733 de Protección de Datos Personales y su reglamento (DS 016-2024-JUS); DS 115-2025-PCM, reglamento de la Ley 31814 que promueve el uso de la inteligencia artificial. Algunas obligaciones dependen del tamaño de la institución y del tipo de sistema que use. Esta guía es orientativa y no constituye asesoría legal.

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