IA en gobiernos locales: qué exige el reglamento y cómo capacitar al personal
El reglamento de la Ley de IA fija plazos para las municipalidades. Esta guía resume qué deben hacer, en qué casos la IA es de alto riesgo y cómo organizar la capacitación del personal sin empezar por las herramientas.
Respuesta corta
Las municipalidades de tipo A, B y C tienen hasta tres años desde la publicación del reglamento de la Ley 31814 (DS 115-2025-PCM, publicado el 9 de setiembre de 2025) para cumplir sus obligaciones sobre IA; para las de tipo D a G es facultativo, según sus recursos. Lo primero no es comprar una herramienta: es aprobar una política institucional de uso de IA, capacitar al personal por niveles a través del plan de desarrollo de personas e incluir los proyectos de IA en el Plan de Gobierno Digital.
1. Plazos: cuándo le toca a cada entidad
La primera disposición complementaria final del DS 115-2025-PCM fija plazos para cumplir el artículo 25 y las obligaciones del título VI, capítulo I, contados desde su publicación:
| Entidad | Plazo |
|---|---|
| Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial y organismos constitucionales autónomos | 1 año |
| Gobiernos regionales, EsSalud, universidades públicas y empresas públicas (FONAFE, regionales y locales) | 2 años |
| Gobiernos locales tipo A, B y C | 3 años (hasta setiembre de 2028) |
| Gobiernos locales tipo D, E, F y G | Facultativo, según recursos y capacidades |
Además, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2026-2030 (RM 152-2026-PCM) pide a las entidades públicas alinear sus planes con ella e incluye, en su primer eje, fortalecer las competencias de los servidores públicos en IA.
2. Qué exige el reglamento a una municipalidad
| Obligación | Artículo | Qué significa en la práctica |
|---|---|---|
| Política institucional de uso seguro, responsable y ético de la IA | Art. 28.1 | Documento aprobado que diga qué usos se permiten, qué datos no se ingresan y quién responde. |
| Capacidades digitales y de IA del personal | Art. 28.5 | Capacitación incluida en el plan de desarrollo de personas, no talleres sueltos. |
| Proyectos de IA en el Plan de Gobierno Digital | Art. 28.10 | Cada caso de uso, con presupuesto y responsable, dentro del plan. |
| Datos y evidencia sobre el problema público | Art. 28.4 | Medir antes: tiempos, colas, reclamos, errores del trámite elegido. |
| Supervisión humana en decisiones de alto impacto | Art. 28.11 | Personal capacitado que pueda detener, corregir o revertir lo que propone el sistema. |
| Transparencia con el ciudadano | Art. 25 | Avisar cuándo interviene la IA, para qué sirve y qué criterios usa si la decisión afecta derechos. |
| Seguridad y evaluación de impacto | Arts. 29 y 30 | Gestión de riesgos, privacidad desde el diseño y, en alto riesgo, evaluación de impacto previa. |
Resumen del texto publicado (versión en PDF). No sustituye la lectura de la norma ni la asesoría legal.
3. Cuándo la IA es de alto riesgo en un municipio
El artículo 24.1 lista usos de alto riesgo. Los más cercanos a un gobierno local son:
- Decidir el acceso, la evaluación, la priorización o la salida de programas sociales, o la focalización de hogares (art. 24.1, f).
- Determinar el acceso a servicios de salud o apoyar el triaje (art. 24.1, h e i).
- Gestionar activos críticos que sostienen servicios esenciales, como agua o transporte (art. 24.1, a).
En esos casos no basta con capacitar: hacen falta supervisión humana efectiva, una evaluación de impacto antes de usar el sistema y explicar al ciudadano los criterios de la decisión.
4. Una ruta de capacitación por niveles
Capacitar a todos en lo mismo desperdicia tiempo. Funciona mejor separar por función:
| Nivel | Qué aprender | Formato |
|---|---|---|
| Todo el personal | Uso responsable, qué datos nunca se ingresan, cómo verificar una respuesta, la política de la municipalidad | Curso corto obligatorio con evaluación |
| Atención al ciudadano y áreas administrativas | Redacción de documentos, respuestas, resúmenes y hojas de cálculo con IA, sobre trámites reales del área | Talleres aplicados por área |
| Equipo técnico (TI, datos, legal, logística) | Datos personales (Ley 29733), seguridad, compras de software, evaluación de impacto, NTP-ISO/IEC 42001 | Formación especializada y acompañamiento |
| Alcaldía, gerencia y jefaturas | Qué casos de uso priorizar, cómo leer los riesgos, cómo medir y qué aprobar en el Plan de Gobierno Digital | Sesión ejecutiva y decisiones |
Para el nivel básico existen cursos gratuitos de la Escuela Nacional de Administración Pública (ENAP) de SERVIR; revise las convocatorias vigentes. Los niveles aplicados y directivos necesitan trabajar con los trámites y datos de la propia municipalidad.
5. Plan de seis meses
- Mes 1: designar un responsable, revisar en qué tipo de municipalidad está la entidad y elegir uno o dos trámites con datos medibles.
- Mes 2: aprobar la política institucional de uso de IA y el curso básico para todo el personal.
- Meses 3–4: talleres aplicados en las áreas de los trámites elegidos; piloto de bajo riesgo con medición antes y después.
- Mes 5: evaluar el piloto (tiempos, errores, reclamos) y registrar lo aprendido.
- Mes 6: incorporar los casos que funcionaron al Plan de Gobierno Digital y la capacitación al plan de desarrollo de personas del año siguiente.
6. Errores frecuentes
- Empezar por la herramienta y no por el trámite que se quiere mejorar.
- Capacitar sin política: el personal aprende a usar la IA pero nadie sabe qué datos puede ingresar.
- Usar IA para decidir quién accede a un programa social sin supervisión humana ni evaluación de impacto.
- No medir el trámite antes del piloto: después no hay forma de demostrar la mejora.
- Dejar la capacitación fuera del plan de desarrollo de personas: se vuelve un evento aislado.
Preguntas frecuentes
- ¿Las municipalidades están obligadas a cumplir el reglamento de la Ley de IA?
- Sí, de forma gradual. Según la primera disposición complementaria final del DS 115-2025-PCM, los gobiernos locales tipo A, B y C tienen un plazo de hasta tres años desde su publicación (9 de setiembre de 2025); para los tipo D, E, F y G la implementación es facultativa según sus recursos y capacidades.
- ¿Qué es lo primero que debe hacer una municipalidad?
- Aprobar una política institucional de uso seguro, responsable y ético de la IA (art. 28.1) y definir quién la conduce. Con esa política, la capacitación y los pilotos tienen reglas claras.
- ¿Cuándo es de alto riesgo usar IA en una municipalidad?
- Por ejemplo, cuando el sistema decide o prioriza el acceso a programas sociales o focaliza hogares, o cuando interviene en el acceso a servicios de salud o en activos críticos como el agua. En esos casos se exige supervisión humana efectiva y una evaluación de impacto previa.
- ¿Cómo se organiza la capacitación del personal municipal en IA?
- Por niveles: un curso básico obligatorio para todos, talleres aplicados por área sobre trámites reales, formación especializada para el equipo técnico y una sesión de decisiones para alcaldía y gerencias. El reglamento pide reforzar estas capacidades a través del plan de desarrollo del personal.
- ¿Learn & Asociados capacita a gobiernos locales?
- Learn & Asociados ofrece formación ejecutiva en IA para organizaciones, con talleres aplicados a procesos reales y acompañamiento para redactar la política de uso de IA. Las métricas se acuerdan con la entidad antes de empezar.
Fuentes
- El Peruano: DS 115-2025-PCM, Reglamento de la Ley 31814
- Texto del DS 115-2025-PCM (PDF, LP Derecho)
- El Peruano: Estrategia Nacional de IA 2026-2030
- ENAP · SERVIR: cursos y talleres
Para redactar la política institucional, vea política de uso de IA: seis decisiones, y para medir el resultado de la capacitación, cómo medir el retorno de una capacitación en IA.
Datos tomados de las fuentes oficiales el 21 de octubre de 2026. Información general; no constituye asesoría legal.